Distribución del tiempo de trabajo e igualdad efectivala inspección de trabajo como garante

  1. VEGA FELGUEROSO, TELMA
Supervised by:
  1. Consuelo Chacartegui Jávega Director

Defence university: Universitat Pompeu Fabra

Fecha de defensa: 06 April 2018

Committee:
  1. Miguel Rodríguez-Piñero Royo Chair
  2. María Amparo Ballester Pastor Secretary
  3. Margarita Isabel Ramos Quintana Committee member

Type: Thesis

Teseo: 544735 DIALNET lock_openTDX editor

Abstract

Esta tesis doctoral se distribuye en dos capítulos: la distribución del tiempo de trabajo y, principalmente, cuál es la actuación de la Inspección de Trabajo en materia de distribución del tiempo de trabajo. En el primer capitulo, se plantea que el tiempo que se distribuye no es sólo el tiempo de trabajo remunerado, sino también el tiempo de cuidados, lo que genera toda una serie de implicaciones en cuanto a los derechos fundamentales afectados en el ámbito de la relación de trabajo. A lo largo del capítulo, se analiza la distribución del tiempo de trabajo, especificando qué es lo que se distribuye, quién es el titular de esta distribución y cual es la justificación que subyace para atribuir la distribución a la empresa (modelo económico) o al trabajador (derechos fundamentales laborales). En el segundo capítulo (y más relevante), se presenta la Inspección de Trabajo, en cuanto organismo administrativo integrado dentro de un modelo de estado, como un órgano capacitado para fiscalizar las normas en materia de tiempo y su distribución. En este capítulo, se defiende que la Inspección de Trabajo, a pesar de las deficiencias e insuficiencias legales, está en posición de analizar el tiempo de trabajo y su distribución desde una perspectiva global, teniendo en cuenta que cuando se distribuye el tiempo de trabajo remunerado también se está distribuýendo el tiempo de cuidados y, por ello, siempre debe adoptarse una perspectiva de igualdad efectiva. Esta tesis ha nacido como consecuencia de mi dedicación práctica a la materia (soy inspectora de trabajo especializada en materia de igualdad y no discriminación) y su finalidad es poder ser aplicada en la práctica y, en la medida de lo posible, contribuir a cambiar pautas y costumbres arraigadas en la realidad empresarial que no ayudan a la conciliación de esferas vitales, a la corresponsabilidad ni, en definitiva, a darle al tiempo de cuidados la importancia que se merece, al mismo nivel que el tiempo productivo y remunerado. Por ello, he propuesto un procedimiento de actuación al respecto, sin perjuicio de las modificaciones legales que deben llevarse a cabo.