Ageismo y derechos humanos en el contexto sanitario

  1. Martínez Ques, Angel Alfredo
Dirigida por:
  1. Narciso Martínez Morán Director/a

Universidad de defensa: UNED. Universidad Nacional de Educación a Distancia

Fecha de defensa: 03 de febrero de 2016

Tribunal:
  1. Ignacio Ara Pinilla Presidente
  2. Rafael Junquera de Estéfani Secretario/a
  3. Jesús Primitivo Rodríguez González Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

La finalidad última de esta tesis es indagar las condiciones en que se produce la discriminación por razón de edad en el anciano, en la asistencia sanitaria, en un intento de hacerlas explícitas en el marco del respeto a los derechos humanos y describir el proceso discriminatorio, los factores sociales que intervienen y sus consecuencias jurídico-normativas, analizando los elementos que afectan al derecho a la protección de la salud, sintetizando el conocimiento actual disponible sobre el tema. La discriminación por razón de edad es un concepto jurídico relativamente nuevo, que se produce en diversos ámbitos (laboral, social, asistencial) y se manifiesta mediante la utilización de estereotipos y una diferenciación de trato, que anula o menoscaba el disfrute de ciertos derechos o agrava sus cargas, en especial hacia las personas mayores. El ageísmo es un tipo diferenciado de discriminación por razón de edad, causado por cualquier actitud, conducta o estructura institucional que menoscaba o impida el disfrute de los derechos de una persona o colectivo de personas, y donde el factor determinante es la mayor edad o vejez. La conceptualización de este proceso discriminatorio, presenta importantes problemas de construcción jurídica. En este estudio se aporta numerosa evidencia empírica, en el ámbito clínico, en la investigación biomédica y en el ámbito socio-sanitario que pone de manifiesto la existencia de discriminación del anciano en la asistencia sanitaria lo que produce una vulneración de su derecho a la protección de la salud y conduce a la inequidad y desigualdad en salud. El ageísmo incide en mayor medida en la mujer de edad y se integra en el concepto de la discriminación múltiple, teniendo un efecto más devastador para la persona que lo sufre. Los derechos de las personas de edad han sido reconocidos como auténticos derechos fundamentales, a lo largo de los últimos cincuenta años, a través de numerosos y diversos instrumentos internacionales. La persona mayor cuenta con los mismos derechos que otras personas, incluido el de no ser discriminado en función de la edad, pero en la práctica, se ve sometida a toda una serie de impedimentos que dificultan su plena inclusión, integración y participación en la sociedad. La perspectiva de los derechos humanos aporta una visión positiva del envejecimiento y propicia la construcción de un marco conceptual acorde con la nueva realidad social de la vejez que sirva de garantía para el ejercicio pleno de sus derechos y libertades. A pesar de que el principio de no discriminación por la edad ha sido expresamente reconocido en una serie de instrumentos de derechos humanos, la normativa protectora de las personas mayores en cuanto grupo vulnerable es insuficiente y está necesitada de un tratamiento unitario.