La responsabilidad de las plataformas de economía colaborativa a la luz de la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información

  1. Nora Rodríguez García 1
  1. 1 Universidad de La Laguna (España)
Revista:
Anales de la Facultad de Derecho

ISSN: 0075-773X

Año de publicación: 2021

Número: 38

Páginas: 131-152

Tipo: Artículo

DOI: 10.25145/J.ANFADE.2021.38.06 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openRIULL editor

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Resumen

Las plataformas de economía colaborativa juegan hoy un papel fundamental en el desarrollo de las relaciones comerciales digitales, y con el nacimiento de este modelo de intercambio se generan una serie de cuestiones jurídicas que el legislador nacional e internacional ha preferido abordar de manera cautelosa. Se estudia en este trabajo el debate en torno a la responsabilidad de los intermediarios a través del análisis de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y la dicotomía entre el intermediario digital y el proveedor de servicios, analizando las dificultades existentes para su distinción y graduación de su régimen de responsabilidad. Con la vista en la propuesta de Reglamento de Servicios Digitales, la inexistencia de una legislación internacional vigente que abarque esta casuística implica que se deba resolver mediante normas de Derecho Internacional Privado para subsumirse en la legislación interna de cada país, aunque existen unos regímenes «generales» de responsabilidad contractual y extracontractual, los cuales serán objeto de estudio de este artículo.

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