Principio de legalidad y el llamado delito de colaboración con banda armadala nueva amenaza de una cuestión jurídica no bien resuelta en la STC 136/1999
ISSN: 0075-773X
Año de publicación: 2003
Número: 20
Páginas: 99-138
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Anales de la Facultad de Derecho
Resumen
El Tribunal Constitucional no arrojó en su Sentencia 136/1999 ninguna luz sobre las importantes cuestiones jurídicas abiertas tras la Sentencia 2/1997 del Tribunal Supremo, en la que se condenaba como autores de un delito de colaboración con banda armada a los integrantes de la Mesa Nacional de Herri Batasuna, por la cesión de sus espacios electorales gratuitos al grupo terrorista ETA. Al recurrir, para otorgar el amparo constitucional, al principio de proporcionalidad, se obviaron cuestiones tan importantes como la posible vulneración del principio de legalidad por el citado tipo delictivo o la supuesta atipicidad de la conducta enjuiciada conforme al art. 576 del Código Penal de 1995.